Formato alternativo para grupos étnicos y culturales
Las Unidades Tecnológicas de Santander en cumplimiento del Artículo 8, Ley 1712 de 2014 y del , artículo 12 del Capítulo II del Decreto 103 de 2015, no cuentan con solicitudes de la autoridades de grupos étnicos y culturales del país una vez realizadas las solicitudes se procederá a su cumplimiento.
Accesibilidad en medios electrónicos para la población en situación de discapacidad visual